Guías › Castilla y León › Punto de recarga
Cómo se legaliza un punto de recarga de vehículo eléctrico en Castilla y León
Esta guía explica el trámite tal y como lo pide la Junta de Castilla y León, sin herramientas de por medio.
Quién resuelve y dónde se presenta
Se presenta en RISE, la aplicación de presentación electrónica de documentación industrial de la Junta de Castilla y León:
Resuelven los Servicios Territoriales de Industria, y el resultado del trámite es el certificado de instalación eléctrica —el documento en el que la empresa instaladora acredita que la instalación cumple el reglamento—, que la propia aplicación genera al registrar.
Lo primero: qué te va a pedir la potencia
Antes de preparar nada hay que saber si el expediente se sostiene con una memoria técnica de diseño —el documento que redacta y firma la empresa instaladora— o si hace falta un proyecto firmado por técnico titulado y visado. Esto no lo decide Castilla y León: lo fija el reglamento estatal, y por eso es igual en toda España.
| Cómo es la instalación | Documento técnico | ¿Inspección de un organismo de control? |
|---|---|---|
| Hasta 50 kW, en interior | Memoria técnica de diseño | No |
| Más de 50 kW, en interior | Proyecto | Sí |
| Hasta 10 kW, en exterior | Memoria técnica de diseño | No |
| Más de 10 kW, en exterior | Proyecto | Sí |
| Con carga en modo 4 (carga rápida en corriente continua), a cualquier potencia | Proyecto | Sí |
Los umbrales están en la ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, la instrucción que regula la documentación y la puesta en servicio, y la inspección obligatoria en la ITC-BT-05, sobre verificaciones e inspecciones. Las dos las modificó el Real Decreto 1053/2014, que es el que introdujo la recarga de vehículo eléctrico en el reglamento.
La consecuencia práctica conviene tenerla clara: un cargador trifásico de 22 kW en el garaje va con memoria; el mismo cargador en el patio, al estar en el exterior, pasa de 10 kW y necesita proyecto visado e inspección de un organismo de control autorizado —una entidad acreditada que verifica la instalación, lo que en los formularios se abrevia como OCA—.
En la documentación consultada no consta que Castilla y León establezca tramos de potencia propios, distintos de los estatales, ni que distinga el documento técnico por tipo de esquema o por suministro monofásico o trifásico. No es un olvido de esta guía: si necesitas certeza para un caso concreto, confírmalo con el Servicio Territorial.
Los dos certificados digitales
El trámite necesita dos firmas distintas en dos momentos distintos, y es lo que más desconcierta la primera vez:
| Momento | Con qué certificado |
|---|---|
| Presentar y firmar la documentación | El del instalador habilitado |
| Pagar la tasa | El del representante legal de la empresa |
| Registrar y obtener el certificado | Otra vez el del instalador habilitado |
Para no pisar las sesiones, el pago se hace mejor desde otro navegador o en una ventana de incógnito.
El procedimiento, paso a paso
- Iniciar el expediente con el certificado del instalador habilitado: «Inscripción», subtipo «OTROS», como «Instalador autorizado en representación del titular de la solicitud».
- Cumplimentar los datos. La referencia catastral autocompleta la dirección; los agentes se autorrellenan.
- Adjuntar la documentación y firmar con el certificado del instalador.
- Pagar la tasa con el certificado del representante legal, por modelo 046 —con el cero delante: sin él no se localiza en la sede—: https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/acceso-modelo.html
- Registrar con el certificado del instalador. Al pulsar «Registrar Documentos» se generan el certificado de instalación eléctrica y el justificante de presentación. Se descargan ambos.
- Vigilar el apartado de requerimientos, por si la Administración pide subsanar algo.
Documentación que hay que presentar
| Documento | Notas |
|---|---|
| Hoja de encargo o poder de representación | Del titular a la empresa instaladora |
| Anexo de información al usuario | Dossier para el cliente |
| Memoria técnica de diseño del punto de recarga | O proyecto, si por potencia y ubicación toca proyecto |
| Justificante de pago | Modelo 046 |
Tasas
Se pagan por modelo 046. En la documentación consultada figura un importe de unos 13,65 €, pero no está confirmado que sea el aplicable a un punto de recarga: compruébalo al pagar, en el portal de tributos de la Junta.
Errores que cuestan una subsanación
- Pagar con el certificado equivocado. La tasa la paga el representante legal, no el instalador.
- Escribir el modelo de tasas como «46» en lugar de 046: sin el cero delante no se localiza en la sede.
- Dar el trámite por terminado sin registrar: el certificado solo aparece al pulsar «Registrar Documentos».
- No revisar los requerimientos después de presentar.
- Presentar con memoria un cargador en exterior de más de 10 kW, o cualquiera en modo de carga 4: necesitan proyecto e inspección.
Normativa de referencia
- Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
- ITC-BT-04, sobre documentación y puesta en servicio: fija cuándo hace falta proyecto.
- ITC-BT-05, sobre verificaciones e inspecciones: obliga a inspección inicial cuando hay proyecto.
- Real Decreto 1053/2014, que introdujo la ITC-BT-52 y modificó las dos anteriores.
De dónde sale esta información
Todo lo que cuenta esta guía procede de publicaciones oficiales. Puedes comprobarlo tú mismo, y te animamos a hacerlo:
Sede electrónica y trámites
- RISE, la aplicación de presentación electrónica de documentación industrial de la Junta de Castilla y León — de ahí salen los pasos del expediente, los dos certificados digitales y el apartado de requerimientos. https://servicios3.jcyl.es/tras/rise
- Portal de tributos de la Junta, donde se genera y se paga el modelo 046 de tasas, y donde se confirma el importe vigente. https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/acceso-modelo.html
Normativa
- Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
- ITC-BT-04, sobre documentación y puesta en servicio, que fija cuándo hace falta proyecto, e ITC-BT-05, sobre verificaciones e inspecciones, que obliga a la inspección inicial.
- Real Decreto 1053/2014, que introdujo la recarga de vehículo eléctrico en el reglamento y modificó las dos instrucciones anteriores.
Enlaces comprobados el 21 de septiembre de 2026 contra RISE y el portal de tributos de la Junta de Castilla y León. Los procedimientos, los modelos y los importes de las tasas cambian sin previo aviso: confirma siempre en la sede electrónica antes de presentar. Y si te encuentras con que algo ya no es así, escríbenos a info@devsolar.es y lo corregimos — nos ayuda a mantener esta guía útil para el siguiente que la lea.
devsolar.es todavía no legaliza en Castilla y León
Déjanos tu correo y te escribimos cuando la abramos. Las comunidades que más se piden aquí son las que abrimos antes.